
Este lunes se celebró el I Día de la Educación Financiera, iniciativa que se engloba en el marco del Plan de Educación Financiera en la que colaboran los ministerios de Economía y Competitividad y Educación, Cultura y Deportes, y las principales entidades financieras a través de sus asociaciones, y que tiene como objetivo aumentar la cultura financiera de la sociedad. Con el deseo de colaborar en dicha formación, en Qipert hemos creado un glosario con los principales términos que todo usuario debe conocer antes de contratar una hipoteca.
Amortización anticipada: Devolución de capital antes de la fecha convenida, no pactada desde el origen del acuerdo. Generalmente, el banco cobra una comisión por realizar amortizaciones anticipadas, aunque puede negociarse.
Banco de España: Es la entidad que regula la actividad de la banca en España y es el responsable de defender los derechos del consumidor de los productos bancarios. Siendo parte integrante del Sistema Europeo de Bancos Centrales, está sometido a su estatuto, así como a las disposiciones del Tratado de la Comunidad Europea.
Cuota: Es el importe que el cliente se compromete a pagar, generalmente de forma mensual, a la entidad financiera que le ha concedido el préstamo, en concepto de intereses y devolución del capital prestado. Lo más frecuente es que sea constante, aunque también puede ser creciente o decreciente. Los expertos aconsejan que no se destine más de un tercio de los ingresos familiares al pago de la misma.
Diferencial: Porcentaje que las entidades financieras añaden al índice de referencia (Euribor, IRPH) para calcular el tipo de interés variable. Se trata de un dato importante a la hora de firmar un préstamo y es negociable con el banco.
Euribor: significa European Interbank Offered Rate, lo que traducido al español sería “tipo europeo de oferta interbancaria”. Es el índice de referencia más utilizado en España para otorgar préstamos hipotecarios y representa la media de los tipos de interés por los préstamos de dinero concedidos por los bancos con mayor volumen de negocio de la Unión Europea. Es un índice variable que fluctúa con la expansión/retracción de la economía.
Financiación de la vivienda: Cantidad de dinero prestado para la adquisición de una vivienda. Suele oscilar entre el 70% y el 80% del valor de tasación del inmueble que se compra. No es recomendable que se preste el 100% del valor, como se acostumbró a hacer en años anteriores, salvo para algunas economías con gran capacidad de generar ingresos, que son una excepción.
Gastos en el Registro de la Propiedad: Comprende los desembolsos por la inscripción de la escritura de compra-venta e hipoteca en el Registro de la Propiedad. Varían de acuerdo con el valor de la propiedad, en el caso de la compraventa, y el valor de la responsabilidad hipotecaria en el caso de la hipoteca.
Hipotecas bajo el agua: Son hipotecas firmadas en un momento de precios al alza. Un tiempo después, cuando el precio de la vivienda baja, llega un momento en que el hipotecado está pagando un préstamo por más valor que el que tiene su casa.
Índices de referencia: Índices públicos que regulan los préstamos a interés variable. Están expresados en forma de porcentaje y su base de cálculo es diferente en cada caso. El más utilizado actualmente es el Euribor, aunque también existen otros como el IRPH de cajas, IRPH de bancos o IRPH del conjunto de entidades financieras. Los índices de referencia se publican en el Boletín del Estado (BOE) y se recomienda utilizar estos índices oficiales.
Libre de cargas: Se refiere a que una propiedad no tiene ninguna limitación sobre su dominio, es decir, que no pesan sobre ella hipotecas, cláusulas resolutorias, o embargos. Si se desea conocer el estado de las cargas de una propiedad hay que dirigirse al Registro de la Propiedad y solicitar una nota simple.
Mutuo: sinónimo de préstamo, cantidad de dinero que se solicita, generalmente a una institución financiera, con la obligación de devolverlo con un interés.
Novación: Documento público mediante el cual cliente y entidad financiera acuerdan ciertas modificaciones del contrato de la hipoteca. Implica una alteración sin cambio de entidad y se trata de la modalidad más barata para realizar modificaciones permanentes al préstamo hipotecario.
Oferta vinculante: Documento que emite la entidad financiera con el detalle de las condiciones del préstamo hipotecario, que firmado ante notario deberá cumplir con todas las condiciones detalladas en la oferta vinculante. El banco está obligado a entregar la oferta vinculante con diez días de anticipación a la firma de la hipoteca ante notario.
Préstamo hipotecario: Préstamo de dinero cuya garantía es un inmueble. Habitualmente se solicita para financiar la compra de una propiedad que es la que garantiza el pago del mutuo.
Ratio de endeudamiento: Es un coeficiente utilizado por las entidades de crédito que calcula qué parte de tus ingresos se destina al pago de tus deudas. La fórmula, al calcularla para una hipoteca, está compuesta por la «cuota de la hipoteca» sumada a la «cuota de otros préstamos» y esta suma se divide entre los ingresos.
Subrogación: Proceso jurídico que tiene como objetivo cambiar la hipoteca a otra entidad financiera mejorando las condiciones económicas, pudiendo modificar el tipo de interés o el plazo de amortización.
Tipo de interés: Porcentaje aplicado al capital pendiente que se cobra al financiar un préstamo de dinero.
Usufructo: Es la cesión del derecho de uso y disfrute de una propiedad a otra persona, sin que se ceda la titularidad de la misma.
Vivienda de precio libre: Inmuebles que se ofrecen de forma libre en el mercado y cuyo precio no está regulado por la Administración Pública, como ocurre con las VPO, sino por la oferta y la demanda.
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Fuentes de información: www.ahe.es (10 consejos prácticos para elegir su préstamo); www.rae.es, www.helpmycash.com, https://es.wikipedia.org